{"id":4671,"date":"2021-01-27T18:38:44","date_gmt":"2021-01-27T18:38:44","guid":{"rendered":"https:\/\/mersanlaw.com\/?p=4671"},"modified":"2025-06-30T22:19:25","modified_gmt":"2025-07-01T02:19:25","slug":"rusia-2018-y-el-mundial-de-precios-de-transferencia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mersanlaw.com\/en\/blog\/rusia-2018-y-el-mundial-de-precios-de-transferencia\/","title":{"rendered":"Russia 2018 and the World Cup of Transfer Pricing"},"content":{"rendered":"\t\t<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"4671\" class=\"elementor elementor-4671\" data-elementor-post-type=\"post\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-17c552ac e-flex e-con-boxed e-con e-parent\" data-id=\"17c552ac\" data-element_type=\"container\" data-e-type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-2f7f4a75 elementor-position-top elementor-widget elementor-widget-image-box\" data-id=\"2f7f4a75\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"image-box.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-image-box-wrapper\"><figure class=\"elementor-image-box-img\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/wp-content\/uploads\/2018\/03\/tomas_mersan-1.jpg\" title=\"\" alt=\"\" loading=\"lazy\" \/><\/figure><div class=\"elementor-image-box-content\"><h3 class=\"elementor-image-box-title\">Escrito por Tom\u00e1s Mers\u00e1n Riera, Socio<\/h3><p class=\"elementor-image-box-description\">\u2709\ufe0f tomasmersan@mersanlaw.com<\/p><\/div><\/div>\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-c902163 elementor-widget elementor-widget-spacer\" data-id=\"c902163\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"spacer.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t<div class=\"elementor-spacer\">\n\t\t\t<div class=\"elementor-spacer-inner\"><\/div>\n\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-140a8c28 e-flex e-con-boxed e-con e-parent\" data-id=\"140a8c28\" data-element_type=\"container\" data-e-type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-62762935 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"62762935\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<p><strong>Un torneo competitivo \u2013 Rusia 2018<\/strong><\/p><p>10 de octubre de 2017. 20:30 horas.<\/p><p>Era una noche calurosa en Asunci\u00f3n. H\u00fameda, pesada, pero llena de ilusi\u00f3n.<\/p><p>La selecci\u00f3n paraguaya jugaba contra su par venezolano, de local, y no solamente jugaba un partido de f\u00fatbol, sino que se jugaba el pase al Mundial de Rusia 2018. Tras varios fracasos, y en especial el de las Eliminatorias para el Mundial de Brasil 2014, la selecci\u00f3n paraguaya se encontraba en una posici\u00f3n esperanzadora. De ganar a Venezuela, y con algunos resultados favorables, el equipo ten\u00eda chances de acceder a la m\u00e1xima competencia futbol\u00edstica a nivel mundial, luego de ocho largos e interminables a\u00f1os. Las expectativas eran altas, y la cita deportiva se rob\u00f3 la atenci\u00f3n de todo un pa\u00eds.<\/p><p>La selecci\u00f3n venezolana ven\u00eda en \u201cdesventaja\u201d, ya que se encontraba eliminada de la competencia, con un equipo alternativo, lejos de casa; pero con una mayor propensi\u00f3n al riesgo. Esta situaci\u00f3n invitaba al local a mostrarse confiado, ante su gente, ante su p\u00fablico, para so\u00f1ar con una victoria que lo catapultase a Rusia 2018.<\/p><p>El partido comenz\u00f3.<\/p><p>Los 90 minutos de juego se hicieron largos, eternos. La disputa tuvo muchas idas y vueltas por parte de ambos equipos. Uno, por un lado, se percib\u00eda ansioso, perturbado, con presi\u00f3n, buscando incesantemente el tanto que le diera la victoria. El otro, paciente, organizado, y con calma, iba construyendo y probando estrategias para aprovechar cualquier error del rival.<\/p><p>Finalmente, la noche en Asunci\u00f3n ser\u00eda todo menos aquella noche so\u00f1ada y anhelada por el p\u00fablico local. Una selecci\u00f3n desconcertada e irreconocible, ante un equipo visitante ordenado, con juego din\u00e1mico y \u00e1gil. El minuto 84 significar\u00eda la \u201cestocada final\u201d. Un h\u00e1bil Yangel Herrera ser\u00eda el verdugo, con un gol que marcar\u00eda el fin de una etapa. El estadio \u201cDefensores del Chaco\u201d enmudeci\u00f3. Victoria para Venezuela.<\/p><p>Luego del partido los analistas, periodistas y expertos paraguayos buscaron una explicaci\u00f3n a la cat\u00e1strofe que acaban de ver. Una nueva historia de fracaso. El rival hab\u00eda jugado mejor, mucho mejor. El local hab\u00eda sucumbido ante la presi\u00f3n. La estrategia no fue productiva. Los jugadores no respondieron.<\/p><p>Quiz\u00e1s, sin embargo, la explicaci\u00f3n era mucho m\u00e1s sencilla: el equipo de la selecci\u00f3n de paraguaya simplemente no estaba a la altura de la competencia.<\/p><p><strong>Un torneo fiscal \u2013 R\u00e9gimen de precios de transferencia<\/strong><\/p><p>Al igual que las Eliminatorias Sudamericanas, consideradas por muchos versados deportivos como uno de los torneos m\u00e1s competitivos a nivel mundial, en materia de Derecho Internacional y, sobre todo, en materia de Derecho Tributario Internacional, se ha instalado, ya algunos a\u00f1os atr\u00e1s, un \u201ctorneo fiscal internacional\u201d como consecuencia de la din\u00e1mica de comercio y la tendencia de globalizaci\u00f3n entre las naciones. Esto dio pie a lo que hoy conocemos como el r\u00e9gimen de <em>precios de transferencia<\/em>. Un r\u00e9gimen que obliga a mantenerse competitivo internacionalmente.<\/p><p>Ahora bien, \u00bfqu\u00e9 son los precios de transferencia?<\/p><p>Los precios de transferencia son una forma de <em>atenuar <\/em>los conflictos que se pueden presentar en materia tributaria internacional, pero hasta aqu\u00ed no hemos definido ni conceptuado la cuesti\u00f3n.<\/p><p>Es importante poner en contexto que el problema sobre precios de transferencia, ineludiblemente, se presenta entre empresas multinacionales, que operan en m\u00e1s de una jurisdicci\u00f3n. Por ejemplo: una empresa matriz en un pa\u00eds A y una empresa subsidiaria en un pa\u00eds B.<\/p><p>Ante esta situaci\u00f3n, el r\u00e9gimen de precios de transferencia busca \u201cevitar el abuso en la fijaci\u00f3n de precios entre empresas relacionadas, generalmente con el fin \u00faltimo de pagar menos impuestos, ya sea vendiendo bienes (tangibles o intangibles) o servicios a precios superiores o inferiores a los valores del mercado.\u201d<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a> El precio de transferencia, <em>per se<\/em>, es \u201c\u2026el precio unitario asignado a bienes y servicios entre la casa matriz y sus subsidiarias, o entre diferentes divisiones dentro de la misma firma\u2026\u201d<a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a><\/p><p>Esta explicaci\u00f3n quiz\u00e1s sea abstracta, as\u00ed que veamos con un ejemplo como funciona la operativa, y qu\u00e9 es lo que, en puridad, trata de corregir el r\u00e9gimen de precios de transferencia.<\/p><p>Supongamos la existencia de una empresa francesa X, que fabrica veh\u00edculos. Tiene una empresa subsidiaria Y, con base en Paraguay, que tiene como objetivo revender los veh\u00edculos fabricados por X dentro del mercado local paraguayo. Ahora, el esquema imponible (a las ganancias) de la subsidiaria se encuentra determinado por tres variables: 1) el precio de venta a los clientes en Paraguay, 2) los insumos utilizados (sin contar los veh\u00edculos), y 3) el costo de los veh\u00edculos importados de la casa matriz, en Francia. Mientras el mercado se encarga de poner una cifra a las primeras dos variables, la tercera depende exclusivamente del manejo interno de la casa matriz y la subsidiaria. Dado que, siguiendo con la suposici\u00f3n, la tasa impositiva de la casa matriz es m\u00e1s alta que la de la subsidiaria, entonces la casa matriz tendr\u00e1 incentivos para establecer el \u201cprecio de transferencia\u201d lo m\u00e1s bajo posible, con el fin de capitalizar las ganancias luego de la venta en el mercado de la subsidiaria.<a href=\"#_ftn3\" name=\"_ftnref3\">[3]<\/a><\/p><p>Esta manipulaci\u00f3n de precios tiene algunas consecuencias perversas plenamente identificadas. Por un lado, genera esta \u201ctensi\u00f3n\u201d entre las jurisdicciones, ofreciendo una ventaja impositiva a las empresas multinacionales, a expensas de la recaudaci\u00f3n tributaria del pa\u00eds perjudicado por dicha estrategia (en el ejemplo, Francia). Y, en segundo lugar, este esquema ofrece una ventaja competitiva a las empresas multinacionales por sobre las dom\u00e9sticas, quienes se ven imposibilitadas de explotar estas bondades dentro de su planificaci\u00f3n fiscal.<a href=\"#_ftn4\" name=\"_ftnref4\">[4]<\/a><\/p><p>En resumidas cuentas, los pa\u00edses que no cuentan con un r\u00e9gimen de precios de transferencia, b\u00e1sicamente, se encuentran en una desventaja competitiva respecto de los que s\u00ed lo tienen, por las distorsiones en t\u00e9rminos fiscales y de recaudaci\u00f3n que hemos discutido.<\/p><p><strong>Torneo local \u2013 Legislaci\u00f3n paraguaya<\/strong><\/p><p>Como no pod\u00eda ser de otra manera, Paraguay, luego de un -largo- tiempo de espera, finalmente se volvi\u00f3 competitivo en materia fiscal, adecu\u00e1ndose al est\u00e1ndar internacional del r\u00e9gimen de precios de transferencia.<\/p><p>En efecto, luego de algunas disposiciones aisladas sobre la materia en a\u00f1os anteriores, la Ley 6.380\/2019 \u201cDe Modernizaci\u00f3n y Simplificaci\u00f3n del Sistema Tributario\u201d, supuso un cuerpo normativo de ordenamiento fiscal, que incorpor\u00f3 una serie de art\u00edculos referentes al r\u00e9gimen de precios de transferencia, y finalmente regul\u00f3 la cuesti\u00f3n en nuestro ordenamiento tributario. La reglamentaci\u00f3n fue complementada con el reciente Decreto reglamentario 4.644\/20.<\/p><p>Haciendo un an\u00e1lisis, si se quiere <em>ex ante,<\/em> de la implementaci\u00f3n operativa del sistema, podemos advertir que la normativa paraguaya se ha adaptado a los est\u00e1ndares internacionales en la materia, siguiendo las directrices de los organismos internacionales especializados en el campo. Si dichos est\u00e1ndares ser\u00e1n efectivos o no dentro de nuestro mercado y marco institucional, es todav\u00eda una cuesti\u00f3n que ser\u00e1 evaluada en el futuro. Sin embargo, s\u00ed podemos decir que el Gobierno Nacional ha dado un paso importante al adaptarse a los cambios y a las reglas comerciales internacionales, a fin de no perder competitividad fiscal.<\/p><p><strong>Conclusiones<\/strong><\/p><p>A modo de conclusi\u00f3n, podemos se\u00f1alar, como un hito de gran trascendencia, que actualmente todas las jurisdicciones de la regi\u00f3n cuentan con regulaci\u00f3n sobre precios de transferencia. Esto, naturalmente, colabora con una realidad normativa que genera un escenario de competencia fiscal (si se quiere <em>justa<\/em>) entre las empresas nacionales y las multinacionales, elimina la tensi\u00f3n entre las distintas jurisdicciones en este aspecto, y tambi\u00e9n contribuye con un clima de negocios m\u00e1s favorable para atraer inversi\u00f3n extranjera, dadas las condiciones de previsibilidad a trav\u00e9s de los distintos pa\u00edses.<\/p><p>Finalmente, hoy podemos decir que, al margen de la competitividad de nuestra selecci\u00f3n nacional de f\u00fatbol, que qued\u00f3 fuera de las Eliminatorias Sudamericanas para Rusia 2018, Paraguay ha clasificado, junto el resto de los pa\u00edses de la regi\u00f3n, al \u201cmundial de precios de transferencia\u201d.<\/p><hr \/><p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Luis A. Car\u00edsimo, \u201cUna breve introducci\u00f3n a los precios de transferencia\u201d, SODEUC, 10 de septiembre de 2020, https:\/\/www.sodeuc.org.py\/notas\/articulos\/una-breve-introduccion-a-los-precios-de-transferencia\/652<\/p><p><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> Andr\u00e9 Gabor, <em>Pricing. Concepts and Methods for Effective Marketing <\/em>(Cambridge: University Press, 1988), 113-114.<\/p><p><a href=\"#_ftnref3\" name=\"_ftn3\">[3]<\/a> Ejemplo adaptado de: Ian Roxan et al., <em>Resolving Transfer Pricing Disputes. A Global Analysis. <\/em>(New York: Cambridge University Press, 2012), 10-11.<\/p><p><a href=\"#_ftnref4\" name=\"_ftn4\">[4]<\/a> Baistrocchi, <em>Litigios de Precios de Transferencia: Teor\u00eda y Pr\u00e1ctica.,<\/em> 86.<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Escrito por Tom\u00e1s Mers\u00e1n Riera, Socio \u2709\ufe0f tomasmersan@mersanlaw.com Un torneo competitivo \u2013 Rusia 2018 10 de octubre de 2017. 20:30 horas. Era una noche calurosa en Asunci\u00f3n. H\u00fameda, pesada, pero llena de ilusi\u00f3n. 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