{"id":9252,"date":"2026-08-05T06:57:52","date_gmt":"2026-08-05T10:57:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.mersanlaw.com\/?p=9252"},"modified":"2026-08-05T06:57:53","modified_gmt":"2026-08-05T10:57:53","slug":"novedades-tributarias-julio-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mersanlaw.com\/pt\/novedades\/novedades-tributarias-julio-2026\/","title":{"rendered":"Novedades Tributarias &#8211; julio 2026"},"content":{"rendered":"<div data-elementor-type=\"wp-post\" data-elementor-id=\"9252\" class=\"elementor elementor-9252\" data-elementor-post-type=\"post\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-1f49a510 e-flex e-con-boxed e-con e-parent\" data-id=\"1f49a510\" data-element_type=\"container\" data-e-type=\"container\">\n\t\t\t\t\t<div class=\"e-con-inner\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-element elementor-element-1e1eb921 elementor-widget elementor-widget-text-editor\" data-id=\"1e1eb921\" data-element_type=\"widget\" data-e-type=\"widget\" data-widget_type=\"text-editor.default\">\n\t\t\t\t<div class=\"elementor-widget-container\">\n\t\t\t\t\t\t\t\t\t<h4><strong>\u25ba Convenio entre el Paraguay y Chile para eliminar la doble imposici\u00f3n \u2013 Se suscribi\u00f3 el nuevo instrumento el 1 de julio de 2026.<\/strong><\/h4>\n<p>En el marco de la visita oficial del presidente de Chile al Paraguay durante julio de 2026, los cancilleres de ambos pa\u00edses suscribieron en Asunci\u00f3n el convenio para eliminar la doble imposici\u00f3n y prevenir la evasi\u00f3n y elusi\u00f3n fiscal con relaci\u00f3n a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio (\u00abCDI\u00bb). La Direcci\u00f3n Nacional de Ingresos Tributarios (\u00abDNIT\u00bb) particip\u00f3 de la negociaci\u00f3n t\u00e9cnica del instrumento, junto con el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Econom\u00eda y Finanzas.<\/p>\n<p>El CDI sigue los est\u00e1ndares internacionales de la OCDE y de la ONU en materia de distribuci\u00f3n de potestades tributarias entre los Estados, e incluye disposiciones sobre prevenci\u00f3n del abuso de convenios, intercambio de informaci\u00f3n entre las administraciones tributarias y asistencia mutua en la recaudaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Con ello se busca evitar que una misma renta o patrimonio sea gravado simult\u00e1neamente en ambos pa\u00edses, otorgando mayor certeza jur\u00eddica a los inversionistas y facilitando el comercio bilateral. <\/p>\n<p>Cabe recordar que el CDI no se encuentra a\u00fan en vigor: para ello deber\u00e1 ser aprobado por los Congresos de ambos pa\u00edses y cumplirse los procedimientos internos de canje de notas para su entrada en efecto. Paraguay cuenta actualmente con un CDI firmado entre Paraguay y Chile que est\u00e1 en efecto, que fue incorporado al sistema legal interno de Paraguay por medio de la Ley N\u00b0 2.965\/2006. No obstante, el CDI que est\u00e1 en proceso de implementaci\u00f3n actualizar\u00e1 las disposiciones del CDI anterior, incorporando las cl\u00e1usulas antiabuso y de cooperaci\u00f3n administrativa desarrolladas a partir del proyecto BEPS impulsado por la Organizaci\u00f3n para la Cooperaci\u00f3n y el Desarrollo Econ\u00f3mico (\u201cOCDE\u201d). La red de CDIs que Paraguay tiene actualmente en efecto incluye, entre otros, a Chile, Taiw\u00e1n, Qatar, Emiratos \u00c1rabes Unidos, Uruguay y Espa\u00f1a.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba Resoluci\u00f3n DNM N\u00b0 407\/2026 \u2013 Entr\u00f3 en vigencia el nuevo r\u00e9gimen de acreditaci\u00f3n de solvencia econ\u00f3mica para la obtenci\u00f3n de la residencia permanente.<\/strong><\/h4>\n<p>La Resoluci\u00f3n N\u00b0 407\/2026, dictada por la Direcci\u00f3n Nacional de Migraciones (\u00abDNM\u00bb) el 26 de junio de 2026, comenz\u00f3 a aplicarse a todas las solicitudes de residencia permanente presentadas a partir del 6 de julio de 2026. La norma actualiza, modifica y unifica las resoluciones administrativas previas que regulaban la forma en que los ciudadanos extranjeros deben demostrar su solvencia econ\u00f3mica en el marco de la Ley N\u00b0 6984\/2022 de Migraciones y de los Acuerdos de Residencia del MERCOSUR, eliminando las inconsistencias documentales que exist\u00edan entre los distintos reg\u00edmenes migratorios.<\/p>\n<p>La resoluci\u00f3n organiza la acreditaci\u00f3n de los medios de vida en 12 categor\u00edas con requisitos documentales espec\u00edficos seg\u00fan el perfil del solicitante (profesionales, t\u00e9cnicos, trabajadores dependientes, trabajadores por cuenta propia, teletrabajadores, propietarios de inmuebles, socios o accionistas de empresas, productores agropecuarios, ministros religiosos, jubilados o pensionados, personas a cargo de terceros y estudiantes). No se exige un monto m\u00ednimo de inversi\u00f3n o dep\u00f3sito, pero s\u00ed la prueba documental del medio de vida invocado. Adem\u00e1s, el dato de la profesi\u00f3n dejar\u00e1 de imprimirse en el carn\u00e9 de admisi\u00f3n, aunque se mantendr\u00e1 en los registros digitales de la DNM para fines de control administrativo.<\/p>\n<p>A efectos tributarios, cabe recordar que el anexo de la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 133\/2023 emitida por la DNIT, establece que con la c\u00e9dula de identidad paraguaya \u2014que el extranjero obtiene una vez concedido el permiso de residencia temporal\u2014 ya puede inscribirse como contribuyente en el Registro \u00danico de Contribuyentes (\u00abRUC\u00bb) ante la DNIT. Con el registro en el RUC, el extranjero ya puede solicitar el certificado de residencia fiscal de Paraguay, en los t\u00e9rminos del art\u00edculo 3 de la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 65\/2020.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba Resoluci\u00f3n General DNIT N\u00b0 55\/2026 \u2013 Se trasladan excepcionalmente los vencimientos de julio por inconvenientes t\u00e9cnicos del Sistema Marangatu.<\/strong><\/h4>\n<p>Por medio de la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 55\/2026, del 20 de julio de 2026, la DNIT dispuso el traslado excepcional de las fechas de vencimiento para la presentaci\u00f3n de las declaraciones juradas determinativas e informativas correspondientes al mes de julio de 2026.<\/p>\n<p>La medida obedece a inconvenientes t\u00e9cnicos en la infraestructura que soporta el Sistema de Gesti\u00f3n Tributaria Marangatu, en particular en el m\u00f3dulo de gesti\u00f3n de comprobantes, que dificultaron el cumplimiento oportuno de las obligaciones con vencimiento el 20 de julio de 2026. Al tratarse de una contingencia ajena a la voluntad de los contribuyentes, la DNIT resolvi\u00f3 trasladar los vencimientos para facilitar el cumplimiento voluntario, conforme al siguiente detalle:<\/p>\n<p><strong>Declaraciones juradas determinativas:<\/strong> para los contribuyentes con RUC terminado en 6, el vencimiento del 19 de julio se traslad\u00f3 al 21 de julio de 2026.<\/p>\n<p><strong>Declaraciones juradas informativas:<\/strong> para los contribuyentes con RUC terminado en 5, el vencimiento del 18 de julio se traslad\u00f3 al 21 de julio de 2026; y para los contribuyentes con RUC terminado en 6, el vencimiento del 20 de julio se traslad\u00f3 al 21 de julio de 2026.<\/p>\n<p>Este tipo de traslados excepcionales ya fue utilizado por la DNIT en ocasiones anteriores (por ejemplo, mediante la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 48\/2026) y evita la aplicaci\u00f3n de sanciones por presentaciones tard\u00edas atribuibles a fallas de los sistemas inform\u00e1ticos de la propia administraci\u00f3n.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba Resoluci\u00f3n General DNIT N\u00b0 56\/2026 \u2013 Se abre la posibilidad de incorporar nuevas empresas prestadoras del servicio de seguimiento vehicular aduanero (SSV-PEMA).<\/strong><\/h4>\n<p>Por medio de la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 56\/2026, del 29 de julio de 2026, la DNIT estableci\u00f3 un periodo para la recepci\u00f3n de presentaciones de los interesados en operar en condici\u00f3n de nuevas empresas prestadoras del servicio de seguimiento vehicular (\u00abSSV\u00bb) por medio de precintos electr\u00f3nicos de monitoreo aduanero (\u00abPEMA\u00bb), utilizados para el control de los tr\u00e1nsitos aduaneros en el territorio nacional. Las presentaciones ser\u00e1n recibidas del 3 al 7 de agosto de 2026.<\/p>\n<p>La medida busca posibilitar la libre y transparente competencia en la prestaci\u00f3n de este servicio, como potencial v\u00eda para optimizarlo, y se enmarca en el reordenamiento del r\u00e9gimen iniciado este a\u00f1o con la Resoluci\u00f3n General N\u00b0 44\/2026, que aprob\u00f3 el nuevo modelo de contrato de adhesi\u00f3n para las prestadoras del SSV, en reemplazo del previsto en la Resoluci\u00f3n DNA N\u00b0 475\/2023. Las empresas interesadas en ingresar al mercado deber\u00e1n presentarse dentro del plazo indicado, conforme a los requisitos de la reglamentaci\u00f3n vigente.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba Decreto N\u00b0 6478\/2026 \u2013 Se eleva a 1,4% mensual la tasa de inter\u00e9s para las facilidades de pago de tributos internos, a partir del 1 de septiembre de 2026.<\/strong><\/h4>\n<p>Por medio del Decreto N\u00b0 6478\/2026, del 31 de julio de 2026, el Poder Ejecutivo fij\u00f3 en uno coma cuatro por ciento (1,4%) la tasa de inter\u00e9s mensual para las facilidades de pago de los tributos administrados por la Gerencia General de Impuestos Internos de la DNIT. La nueva tasa regir\u00e1 para todas las facilidades de pago otorgadas a partir del 1 de septiembre de 2026, fecha de entrada en vigencia del decreto, que deroga desde entonces el Decreto N\u00b0 5028\/2021.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 161 de la Ley N\u00b0 125\/1991 dispone que el Poder Ejecutivo debe fijar anualmente la tasa de inter\u00e9s que percibir\u00e1 la administraci\u00f3n tributaria cuando otorgue facilidades de pago, la cual debe ser siempre inferior al recargo por mora (fijado en 1,5% mensual por el Decreto N\u00b0 10.768\/2013, conforme al art\u00edculo 171 de la misma ley). El decreto justifica la actualizaci\u00f3n en la necesidad de adecuar la tasa a las condiciones econ\u00f3micas vigentes y de asegurar un tratamiento equilibrado entre los distintos mecanismos de regularizaci\u00f3n de obligaciones tributarias.<\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica, la medida implica un encarecimiento del financiamiento de deudas tributarias: la tasa vuelve al nivel del 1,4% mensual que hab\u00eda regido hasta el 2021, a\u00f1o en que el Decreto N\u00b0 5028\/2021 la hab\u00eda reducido al 1,1% mensual como medida de alivio durante la pandemia. Las facilidades de pago otorgadas antes del 1 de septiembre de 2026 mantienen la tasa vigente al momento de su otorgamiento, por lo que puede resultar conveniente gestionar las solicitudes en tr\u00e1mite antes de esa fecha.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba MERCOSUR \u2013 Con el liderazgo de la DNIT, el Paraguay concret\u00f3 importantes hitos aduaneros durante su presidencia pro tempore.<\/strong><\/h4>\n<p>El 7 de julio de 2026, la DNIT inform\u00f3 los principales logros aduaneros alcanzados durante la presidencia pro tempore paraguaya del MERCOSUR, correspondiente al primer semestre del a\u00f1o. Entre los hitos destacados se encuentran: (i) el avance de normas sobre las \u00e1reas de control integrado, incluyendo est\u00e1ndares para el control no intrusivo y la aplicaci\u00f3n de beneficios a los operadores econ\u00f3micos autorizados (\u00abOEA\u00bb); (ii) el fortalecimiento del Sistema Inform\u00e1tico de Tr\u00e1nsito Internacional Aduanero (\u201cSINTIA\u201d), con la incorporaci\u00f3n del Brasil y el proceso de integraci\u00f3n de Bolivia, adem\u00e1s de mejoras de interoperabilidad entre las aduanas de los Estados partes; (iii) el lanzamiento del plan piloto del programa OEA entre Ciudad del Este y Foz de Yguaz\u00fa, con miras a su extensi\u00f3n a otros pasos fronterizos; y (iv) el desarrollo de una plataforma de clasificaci\u00f3n tem\u00e1tica con una matriz \u00fanica de actividades para la coordinaci\u00f3n de la gesti\u00f3n de fronteras.<\/p>\n<p>Estas medidas apuntan a la facilitaci\u00f3n del comercio regional y a la digitalizaci\u00f3n de los procesos aduaneros, y se espera que se traduzcan gradualmente en menores tiempos y costos operativos para los importadores y exportadores.<\/p>\n<h4><strong>\u25ba Otras novedades de inter\u00e9s del mes.<\/strong><\/h4>\n<p><strong>Facturaci\u00f3n electr\u00f3nica.<\/strong> El 24 de julio de 2026, el Banco Interamericano de Desarrollo (\u201cBID\u201d) present\u00f3 a la DNIT los resultados preliminares de la evaluaci\u00f3n de impacto de la implementaci\u00f3n de la facturaci\u00f3n electr\u00f3nica (\u201cSIFEN\u201d), que evidencian mejoras significativas en el cumplimiento tributario de los contribuyentes obligados. Recordamos que la incorporaci\u00f3n obligatoria de nuevos grupos de facturadores electr\u00f3nicos contin\u00faa conforme al calendario vigente.<\/p>\n<p><strong>R\u00e9gimen de facilidades de pago.<\/strong> La DNIT inform\u00f3 el 27 de julio de 2026 que, durante el mes de junio, se regularizaron deudas por m\u00e1s de G. 13.300 millones mediante el r\u00e9gimen especial de facilidades de pago establecido por el Decreto N\u00b0 5.154\/2025, que contin\u00faa vigente hasta el 31 de agosto de 2026, como herramienta para la regularizaci\u00f3n de obligaciones tributarias pendientes.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<h4><strong>EQUIPO DE CONTACTO:<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Tom\u00e1s Mers\u00e1n<\/strong> &#8211; socio | tomasmersan@mersanlaw.com<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Horacio S\u00e1nchez<\/strong> &#8211; socio | horaciosanchez@mersanlaw.com<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Sebasti\u00e1n P\u00e9rez<\/strong> &#8211; socio | sebastianperez@mersanlaw.com<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Federico Mart\u00ednez<\/strong> &#8211; asociado senior |\u00a0 federicomartinez@mersanlaw.com<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Diana Rol\u00f3n<\/strong> &#8211; asociada | dianarolon@mersanlaw.com<\/p>\n<p style=\"text-align: left;\"><strong>Martina Conti<\/strong> &#8211; asociada | martinaconti@mersanlaw.com\u00a0<\/p>\t\t\t\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>\n\t\t\t\t<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u25ba Convenio entre el Paraguay y Chile para eliminar la doble imposici\u00f3n \u2013 Se suscribi\u00f3 el nuevo instrumento el 1 de julio de 2026. 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