{"id":9495,"date":"2026-10-22T08:25:10","date_gmt":"2026-10-22T12:25:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.mersanlaw.com\/?p=9495"},"modified":"2026-10-22T08:25:12","modified_gmt":"2026-10-22T12:25:12","slug":"derecho-de-autor-e-inteligencia-artificial","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.mersanlaw.com\/pt\/blog\/derecho-de-autor-e-inteligencia-artificial\/","title":{"rendered":"Derecho de autor e inteligencia artificial: \u00bfla obra es m\u00eda?"},"content":{"rendered":"<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>\u00bfLa obra es m\u00eda o de la IA?<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En materia de <a href=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/pt\/podcast\/propiedad-intelectual-e-inteligencia-artificial\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/podcast\/propiedad-intelectual-e-inteligencia-artificial\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">derecho de autor e inteligencia artificial<\/a>, el escenario m\u00e1s com\u00fan es el siguiente: una persona escribe un prompt, en pocos segundos la IA genera un resultado, ya sea un texto, una imagen o una melod\u00eda, y el usuario lo acepta tal cual fue producido, sin agregar cambios, sin editarlo y sin seleccionar ni reorganizar ideas. Finalmente, decide publicarlo, utilizarlo comercialmente e incluso denominarse \u201ccreadora\u201d, pero \u00bfpuede reclamar derechos sobre el resultado final quien solo escribi\u00f3 un prompt?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este caso, la participaci\u00f3n humana es tan limitada que no permite reconocer la existencia de una obra protegida por derecho de autor. Esto no depende \u00fanicamente de que el prompt sea corto o m\u00e1s extenso: incluso con instrucciones detalladas por parte del usuario, podr\u00eda quedarse corto si el sistema tiene el control sobre la forma concreta del resultado final.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Derecho de autor e inteligencia artificial: la zona gris de la creaci\u00f3n h\u00edbrida<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El derecho de autor tiene como base la idea de que detr\u00e1s de toda obra existe una persona que la crea. Sin embargo, la realidad cambi\u00f3: vivimos un auge tecnol\u00f3gico sin precedentes y la inteligencia artificial se convirti\u00f3 en una herramienta diaria, capaz de asistir e incluso facilitar el proceso creativo en pr\u00e1cticamente todos los \u00e1mbitos. Justamente ah\u00ed est\u00e1 el dilema: la IA generativa puede ayudarnos a escribir, dise\u00f1ar e incluso componer en pocos segundos, pero no encaja de manera autom\u00e1tica en el derecho tradicional. Aunque el usuario sea quien d\u00e9 las instrucciones, el sistema generar\u00e1 un resultado mediante un proceso que la persona no puede controlar ni en el que puede participar con exactitud.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como resultado de la popular disputa entre \u201cesto lo cre\u00e9 yo\u201d y \u201cesto lo hizo la IA\u201d, aparece una zona gris: <strong>la creaci\u00f3n h\u00edbrida<\/strong>. Es una realidad cada vez m\u00e1s com\u00fan, que nos obliga a preguntarnos cu\u00e1ndo la IA funciona como una herramienta y cu\u00e1ndo su participaci\u00f3n es tan determinante que ya no podemos atribuir el resultado a una persona humana. A la fecha, esta cuesti\u00f3n no tiene una respuesta uniforme en el mundo, y mucho menos en Paraguay.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Cuando todo queda en manos de la IA<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hablamos de un resultado generado \u00edntegramente por la IA cuando nace de un proceso automatizado en el que no hubo intervenci\u00f3n humana: la persona activa el sistema y aporta una idea inicial, pero no toma las decisiones determinantes que concretan el resultado, las cuales quedan en manos de la m\u00e1quina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Frente a este escenario, la postura internacional en derecho de autor e inteligencia artificial es pr\u00e1cticamente un\u00e1nime: Estados Unidos, la Uni\u00f3n Europea, la mayor\u00eda de los pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica y la OMPI coinciden en que no es posible la protecci\u00f3n, porque no hay un autor; falta el sujeto principal exigido por la norma: una persona f\u00edsica detr\u00e1s de la creaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\">El caso Thaler vs. Perlmutter<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como ejemplo, podemos analizar brevemente el caso Thaler vs. Perlmutter, llevado a tribunales en Estados Unidos. Se trata de un investigador que intent\u00f3 registrar una creaci\u00f3n producida enteramente por un sistema de IA, sin ninguna persona identificable como autor. La corte sostuvo que, sin una persona detr\u00e1s de las decisiones creativas, no hay obra que proteger. En consecuencia, la IA puede producir el contenido, pero no puede ser autora en el sentido que la ley exige.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Cuando la persona dirige el proceso: la creaci\u00f3n h\u00edbrida<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el otro extremo encontramos el resultado asistido por IA, tambi\u00e9n conocido como creaci\u00f3n h\u00edbrida. En este caso, la IA deja de ser el motor principal para convertirse en una herramienta dentro de un proceso creativo que sigue siendo humano: la persona edita, corrige, agrega elementos propios y gu\u00eda el proceso de manera sustancial hasta lograr una versi\u00f3n final.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este escenario s\u00ed puede reclamarse una autor\u00eda, con un detalle clave: la protecci\u00f3n puede no extenderse a toda la obra, sino \u00fanicamente a la porci\u00f3n atribuible a la creatividad humana y que adem\u00e1s pueda distinguirse de lo aportado por la m\u00e1quina.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Oficina de Copyright de Estados Unidos lo explica de manera sencilla: pueden protegerse la <strong>selecci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, disposici\u00f3n o modificaciones creativas<\/strong> realizadas por una persona, pero no el contenido producido de forma aut\u00f3noma por la IA.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfQu\u00e9 debe hacer una persona para proteger la obra completa?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No existe una f\u00f3rmula exacta ni una regla de porcentajes que lo determine, y tampoco lo resuelve un prompt extremadamente detallado. Lo importante no es cu\u00e1nto particip\u00f3 la persona en t\u00e9rminos conceptuales, sino qu\u00e9 decisiones creativas tom\u00f3 para que el resultado final sea como es y pueda ser reconocido como obra del autor.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El criterio central: \u00bfqui\u00e9n tom\u00f3 las decisiones creativas?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Todo depende de responder: <strong>\u00bfqui\u00e9n tom\u00f3 las decisiones creativas que quedaron plasmadas en el resultado final?<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuanto mayor sea el control humano sobre la forma de la obra, ya sea en su composici\u00f3n, estructura, contenido, selecci\u00f3n o modificaciones, m\u00e1s s\u00f3lida es la posibilidad de reclamar su protecci\u00f3n. Desde la \u00f3ptica del derecho de autor e inteligencia artificial, la IA debe actuar como facilitadora y no como quien toma las decisiones creativas y expresivas que dan esencia a la obra.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">C\u00f3mo documentar las decisiones humanas en una obra asistida por IA<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tomar decisiones creativas es la parte m\u00e1s importante del proceso, pero puede quedar sin respaldo si no existen pruebas de ello. En materia de derecho de autor e inteligencia artificial, proteger el resultado de una obra asistida por IA tambi\u00e9n consiste en cuidar y documentar el proceso hasta llegar a la versi\u00f3n final. Por eso conviene dejar evidencia de las decisiones humanas que dieron forma a la obra. Estas son algunas pr\u00e1cticas que pueden ayudarte:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>No aceptar el primer resultado sin modificarlo:<\/strong> editar, combinar, reorganizar y transformar el material permite agregar una contribuci\u00f3n humana m\u00e1s transparente.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Guardar pruebas del proceso:<\/strong> conservar bocetos, borradores, archivos, versiones anteriores y registros de las modificaciones realizadas puede ayudar a demostrar qu\u00e9 decisiones tom\u00f3 la persona a medida que evolucionaba la obra.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Partir de material propio:<\/strong> utilizar como base un texto, boceto, fotograf\u00eda o dise\u00f1o facilita la identificaci\u00f3n del aporte.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Utilizar la IA como herramienta y no como autora:<\/strong> la persona debe conservar el control sobre las decisiones principales de la obra; la IA puede corregir errores o explorar alternativas, pero no crear la estructura, el contenido ni la composici\u00f3n de los elementos esenciales.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El avance tecnol\u00f3gico no espera a que nos pongamos de acuerdo<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mientras juristas, legisladores y tribunales siguen debatiendo d\u00f3nde trazar la l\u00ednea entre lo humano y lo automatizado, la tecnolog\u00eda no se detiene a esperar un veredicto. Cada d\u00eda se generan miles de millones de contenidos con IA, muchos de ellos ya circulan en redes, plataformas, portafolios e incluso en distintos rubros comerciales, sin que la persona que los usa se detenga a pensar si tiene o no un derecho efectivo sobre lo que acaba de crear.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">All\u00ed est\u00e1 el desaf\u00edo central de este debate, que involucra a abogados, tribunales y a todas las personas que utilizamos estas herramientas de forma autom\u00e1tica y sin pensarlo. Saber diferenciar cu\u00e1nto hay de nosotros mismos en lo que acabamos de crear marca la diferencia entre poder defender una obra como nuestra y descubrir que nunca fue propia.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Derecho de autor e inteligencia artificial en Paraguay: un debate que reci\u00e9n comienza<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El interrogante que da t\u00edtulo a este art\u00edculo, \u201c\u00bfla obra es m\u00eda o de la IA?\u201d, no tiene por el momento una respuesta \u00fanica ni definitiva y, en Paraguay, el debate reci\u00e9n comienza. Sin embargo, mientras tengamos bien definidas las reglas de este nuevo terreno, m\u00e1s capaces seremos de crear con IA sin perder la autor\u00eda de lo que hacemos durante el proceso.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Preguntas frecuentes<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfQu\u00e9 ocurre con el derecho de autor e inteligencia artificial cuando una obra se genera solo con un prompt?<\/strong><br>Cuando la participaci\u00f3n humana se limita a escribir un prompt y aceptar el resultado tal cual, esa participaci\u00f3n es demasiado limitada para reconocer una obra protegida. Incluso con instrucciones detalladas, podr\u00eda quedarse corto si el sistema controla la forma concreta del resultado final.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfQu\u00e9 es una creaci\u00f3n h\u00edbrida?<\/strong><br>Es el resultado asistido por IA en el que la herramienta deja de ser el motor principal y pasa a integrar un proceso creativo que sigue siendo humano: la persona edita, corrige, agrega elementos propios y gu\u00eda el proceso de manera sustancial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfPuede la IA ser autora de una obra?<\/strong><br>Seg\u00fan la postura internacional descrita en el art\u00edculo, no: Estados Unidos, la Uni\u00f3n Europea, la mayor\u00eda de los pa\u00edses de Latinoam\u00e9rica y la OMPI coinciden en que falta el sujeto exigido por la norma, una persona f\u00edsica. El caso Thaler vs. Perlmutter, en Estados Unidos, ilustra este criterio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfQu\u00e9 parte de una obra creada con ayuda de IA puede protegerse?<\/strong><br>La protecci\u00f3n puede limitarse a la porci\u00f3n atribuible a la creatividad humana y distinguible de lo aportado por la m\u00e1quina. La Oficina de Copyright de Estados Unidos indica que pueden protegerse la selecci\u00f3n, coordinaci\u00f3n, disposici\u00f3n o modificaciones creativas realizadas por una persona, pero no el contenido producido de forma aut\u00f3noma por la IA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfC\u00f3mo se pueden demostrar las decisiones creativas humanas?<\/strong><br>Conviene no aceptar el primer resultado sin modificarlo, guardar bocetos, borradores, versiones anteriores y registros de modificaciones, partir de material propio y usar la IA como herramienta y no como autora.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>\u00bfCu\u00e1l es la situaci\u00f3n en Paraguay?<\/strong><br>Seg\u00fan el art\u00edculo, la cuesti\u00f3n no tiene una respuesta uniforme en el mundo y mucho menos en Paraguay, donde el debate reci\u00e9n comienza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong><a href=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/pt\/equipe\/maria-paz-ruiz\/\">Mar\u00eda Paz Ruiz<\/a><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Associada<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em><a href=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/pt\/podcast\/propiedad-intelectual-e-inteligencia-artificial\/\" data-type=\"link\" data-id=\"https:\/\/www.mersanlaw.com\/podcast\/propiedad-intelectual-e-inteligencia-artificial\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Consulta aqu\u00ed nuestro servicio de Propiedad Intelectual<\/a>.<\/em><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfLa obra es m\u00eda o de la IA? 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